COMITE ASESOR DE COMERCIALIZACIÓN

-CAC-

MERCADO DE ENERGÍA MAYORISTA

CRITERIOS BÁSICOS PARA CONTRATACIÓN DE AUDITORIA FÍSICA DE MEDIDAS

DOCUMENTO CAC-007

Octubre de 2000

 

CONTENIDO

1. OBJETIVO *

2. ANTECEDENTES *

3. CRITERIOS GENERALES *

4. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA *

5. ALCANCE DE LA AUDITORÍA *

6. METODOLOGÍA *

7. CRITERIO DE SELECCIÓN DE CONTADORES A AUDITAR *

8. NÚMERO DE CONTADORES A AUDITAR *

9. INTERVENTORÍA DE LOS TRABAJOS *

10. FORMA DE PAGO *

11. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS *

12. COMPROMISO AUDITOR *

13. MECANISMO DE COMPENSACIÓN PARA CASOS EN QUE LA AUDITORIA ENCUENTRE INCONSISTENCIAS *

Usuarios No Regulados *

Comercializadores *

Generadores *

 

CRITERIOS BÁSICOS PARA CONTRATACIÓN DE AUDITORIA FÍSICA DE MEDIDAS

  1. OBJETIVO

El presente documento tiene por objeto establecer los criterios básicos para la contratación de una Auditoría Física de Medidas del mercado mayorista, que ayude a mejorar la calidad de la información de contadores de energía en las fronteras comerciales, utilizada para la liquidación de las transacciones comerciales en el MEM.

  1. ANTECEDENTES

La Resolución CREG 019 de 1999, establece la contratación de la Auditoría de Medidas, en los siguientes términos "El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales - SIC, deberá contratar una auditoría que realice un diagnóstico sobre el estado de los Sistemas de Medición de Energía de las Fronteras Comerciales del Mercado Mayorista, y en especial sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Código de Medida y en la presente Resolución ……."

En el segundo semestre de 1999, el Administrador del SIC contrató una Auditoría de Medidas con la firma GERS Ltda, la cual concluyó:

La firma auditora en sus recomendaciones, resaltó la importancia para una nueva Auditoria, de interrogar los contadores en forma remota y de verificar en sitio con equipos especializados el cumplimiento del código de medida.

Teniendo en cuenta esta recomendación, el ASIC presentó al Comité Asesor de Comercialización y al Consejo Nacional de Operación; una propuesta para realizar una Auditoría de Datos de Medidas.

Tanto en el Comité Asesor de Comercialización como en el Consejo Nacional de Operación, recomendaron al ASIC complementar la auditoria de Datos con una auditoria Fisica, en la cual se verificará la calidad de los equipos instalados en las Fronteras Comerciales registradas en el ASIC.

  1. CRITERIOS GENERALES
  1. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA
  1. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

El alcance de los trabajos de la Auditoría Física de Medidas a los equipos instalados en las fronteras inscritas ante el Administrador del SIC comprende:

Las pruebas se realizarán con analizador de redes y medidor patrón, los cuales no requieren la desconexión de los equipos para realizar la verificación.

  1. METODOLOGÍA

El auditor seleccionado deberá recopilar la información de los protocolos de prueba y de los certificados de calibración que existan en los archivos del ASIC, o que estén disponibles en el informe de Auditoría de Medidas del año 1999 elaborado por GERS Ltda.

Para las fronteras comerciales que no se cuente con estos, el ASIC deberá solicitar a los agentes del mercado mayorista que representan dichas fronteras, para que se los hagan llegar en un plazo máximo de quince (15) días calendario posteriores a la solicitud por parte del auditor.

Una vez recopilada toda la información por parte del Auditor, se establecerán los grupos para seleccionar la muestra de contadores a ser auditada, teniendo en cuenta lo descrito en el numeral 7 de este documento.

El Auditor deberá presentar al CAC y al CNO para su aprobación, los protocolos de pruebas a realizar durante la Auditoría, así como los formatos a ser diligenciados durante las visitas a los sitios en los cuales se encuentran instalados los equipos.

Las visitas deben ser programadas por el Auditor con una anticipación de cinco (5) días hábiles, informando al agente que representa la frontera y al Operador de Red o Transmisor Nacional.

La Auditoría física se realizará en presencia de un funcionario del agente que representa la frontera ante el SIC, el dueño del equipo de medida y uno del Operador de Red o Transmisor Nacional, en especial en los casos en que sea necesario romper sellos para verificar las condiciones de instalación de los equipos.

  1. CRITERIO DE SELECCIÓN DE CONTADORES A AUDITAR

Los contadores a auditar se seleccionarán con los siguientes criterios, teniendo en cuenta que se tomará como base el total de contadores registrados en el momento de iniciar la Auditoría:

En el momento de realizar la selección de los contadores a auditar se le dará preferencia a los del Grupo I.

  1. NÚMERO DE CONTADORES A AUDITAR

El número total de fronteras comerciales a auditar será de 600, distribuidos de la siguiente manera:

Se auditarán 300 fronteras comerciales de Categoría A –equivalentes al 38 % del total de las fronteras comerciales registradas en el ASIC a noviembre del 2000- y 350 fronteras comerciales de Categoría B –equivalentes al 10 % de las fronteras comerciales registradas en el ASIC a noviembre de 2000-.

  1. INTERVENTORÍA DE LOS TRABAJOS

El ASIC y los comercializadores del sistema podrán realizar interventorías a las pruebas realizadas por el Auditor. Los costos de desplazamiento de los funcionarios que asisten a las visitas para las respectivas interventorías serán a cargo de cada agente que la realiza.

Para poder realizar la interventoría, el Auditor deberá informar al ASIC la programación de las visitar a realizar cada semana, a más tardar el día miércoles de la semana inmediatamente anterior. El agente que desea asistir a la visita programada por el Auditor, solicitará al ASIC la autorización respectiva, para que un funcionario delegado por el agente realice la labor de interventoría a las pruebas que ejecute el Auditor.

En ningún caso se admitirán más de dos empresas realizando la interventoría a las pruebas ejecutadas sobre la misma frontera.

  1. FORMA DE PAGO

El contrato se firmará entre ISA, o la nueva empresa que realice las funciones de Administrador del SIC, y el proveedor seleccionado. La Auditoría será pagada por el ASIC, quien a su vez facturará a los agentes de la siguiente manera:

Método de selección Resultado encontrado Responsable pago
Cuando una frontera comerciales sea seleccionadas de acuerdo con la metodología, y este clasificada como Categoría A Presenta o no inconsistencias
  • 50 % Generadores en proporción a la capacidad efectiva.
  • 50 % a los Comercializadores en proporción a la demanda.
Cuando una frontera comerciales sea seleccionada de acuerdo con la metodología, y este clasificada como Categoría B Presenta o no inconsistencias
  • A los agentes en proporción al número de fronteras comerciales inscritas en el ASIC.
Petición de un agente Hay inconsistencias Agente auditado
Petición de un agente No hay inconsistencias Agente solicitante
  1. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

El Auditor presentará informes mensuales al ASIC y al CAC. Los agentes tendrán cinco (5) días hábiles para hacer comentarios al resultado. Una vez el auditor reciba comunicación de los agentes, tendrá un plazo de tres (3) días para responder. Al final de los trabajos, el Auditor presentará su informe final ante el CAC y el CNO.

Después de validados los resultados de la auditoría, el informe final será enviado a la Superintendencia de Servicios Públicos y a la Comisión de Regulación de Energía y Gas.

El informe mensual se presentará al CAC en la reunión ordinaria de cada mes, el cual se publicará en la página Web del MEM para información de los agentes del mercado. Así mismo se publicará el informe final. Toda la información publicada en la web deberá ser validada previamente por parte del Auditor con los respectivos agentes auditados.

  1. COMPROMISO AUDITOR

La firma seleccionada para realizar la Auditoría de Medidas se compromete a manejar toda la información que se requiera para el desarrollo de los trabajos de manera confidencial y para uso exclusivo de este contrato.

  1. MECANISMO DE COMPENSACIÓN PARA CASOS EN QUE LA AUDITORIA ENCUENTRE INCONSISTENCIAS

Sin perjuicio de las sanciones que deba aplicar la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, los Usuarios No Regulados y agentes participantes del Mercado Mayorista que al realizar la auditoria física presenten inconsistencias, al día siguiente en que salga el reporte del auditor, deberán:

Usuarios No Regulados

Ser atendidos como usuarios del mercado regulado por el comercializador del mercado, que oportunamente escoja el usuario, o en su defecto por el comercializador con mayor número de usuarios regulados en el mercado de comercialización respectivo; en este último caso, para usuarios conectados directamente al STN, se entenderá que el comercializador con mayor número de usuarios regulados en el mercado de comercialización respectivo, corresponde al más cercano a su instalación legalizada.

La condición de Usuario No Regulado se recuperará una vez que el Comercializador mencionado informe al SIC y éste haya verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Código de Medida.

Comercializadores

Exclusivamente con el fin de calcular las perdidas del mercado, la medida reportada diariamente al SIC se afectará positivamente con el porcentaje del error encontrado en la auditoria. Una vez encontrada está sumatoria se afectará con un factor de 1.18. La aplicación del factor mencionado cesará una vez se hayan cumplido con las recomendaciones de la auditoria y el SIC realice la verificación correspondiente. El anterior incremento en la medida no podrá ser trasladado a los usuarios del comercializador.

Generadores

Serán considerados en la asignación de las pérdidas de energía horarias de referencia en el Sistema de Transmisión Nacional con una demanda igual a la energía enviada al ASIC afectada positivamente con el porcentaje del error encontrado en la auditoria. La participación en perdidas cesará, una vez se hayan cumplido con las recomendaciones de la auditoria y el SIC realice la verificación correspondiente.